7.1.Resolución Electrónica

Desde el punto de vista del usuario, una vez que alguien haya dado la instrucción de enviar a EXEDOC una Resolución Electrónica, éste aparecerá en la bandeja de entrada, como cualquier otro documento.

Sin embargo, en la columna Tipo, figurará como Resolución y en la columna formato figura que es Electrónica.

Figura N° 86.– Resolución Electrónica

El usuario opera de manera semejante a los otros tipos de documentos, tanto para acusar recibo como para revisar el expediente.

Al revisar el expediente, haciendo clic en la columna “Ver“, obtendrá la misma vista de un expediente Digital o Papel.

En esta vista puede ejecutar las mismas operaciones que realiza con cualquier expediente con documentos digitales y/o papel.

Figura N° 87.– Resolución Electrónica

Desde el botón de edición  puede revisar la Resolución Electrónica, vista en la que podrá revisar el contenido de la resolución.

También podrá visualizar los firmantes y visadores, como se indica en la ventana siguiente:

Figura N° 88.– Resolución Electrónica

En ella se puede ver:

  • El listado de Visadores.
  • El listado de Firmantes.

Estos listados indican los destinatarios que deberán firmar el documento para liberar el documento. En este sentido es una restricción para los destinatarios del expediente

7.1.1.Firma

Se habilitará los Botón de firma al usuario asignado en la cadena de confianza, como lo muestra la Figura N° 89.

Figura N° 89.– Firma avanzada de una Resolución

Botón que al ser presionado se abrirá una nueva ventana para realizar la firma electrónica como se ve en la figura a continuación.

Figura N° 90.- Applet de Firma

Una vez abierta la ventana, el usuario deberá ingresar su contraseña del token, insertado en el computador, y hacer clic en el botón “Firmar” para que comience el proceso. Luego el documento será firmado indicándose el éxito de la operación en la siguiente figura.

Figura N° 91.- Resolución Firmada

Comprobante de que la Resolución fue FIRMADO

7.1.2.Derivación

Una vez completada la serie de firmas y visados, el documento se podrá enviar y derivar libremente como los otros expedientes del sistema.

Figura N° 92.- Derivación de una Resolución Electrónica